Según el derecho internacional, el matrimonio forzado infantil constituye una violación de los derechos humanos y una forma de violencia sexual y de género contra la infancia y específicamente contra las niñas.
En la actualidad, 765 millones de niñas viven atrapadas en un matrimonio forzado, según datos de las Naciones Unidas, que ratifica lo estipulado por el derecho internacional humanitario y exige que los Estados tomen medidas para prevenir y erradicar el problema. La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos estipula todo matrimonio infantil como matrimonio forzado y en 2015 pasó a ser clasificado como una violación de los derechos humanos.
Los matrimonios infantiles fueron comunes a lo largo de la historia por una variedad de razones, entre ellas la pobreza, la inseguridad y diferentes motivaciones políticas y financieras. Hoy en día, el matrimonio infantil es una práctica muy extendida, que un estudio de Unicef con datos en 82 países sitúa como frecuente en varias regiones del mundo, especialmente en África subsahariana, América Latina y el Caribe, Asia oriental y el Pacífico. El dinero, la cultura, la pobreza, la falta de oportunidades educativas y el acceso limitado a la asistencia sanitaria son factores que lo perpetúan. Algunas familias en contextos de extrema necesidad casan a sus hijas a una edad temprana con el fin de eliminar la carga económica de su crianza. Las niñas proceden de grupos marginados y viven en zonas rurales. La decisión de obligarles a contraer matrimonio les priva de la oportunidad de acudir a la escuela y cercena sus posibilidades de prosperar. Además, los embarazos durante la adolescencia es la principal causa de muerte para los niñas de 15 a 18 años en los países pobres.
Una de las primeras medidas de carácter eminentemente jurídico orientadas a combatir y erradicar el matrimonio infantil ha tenido como objetivo asentar plenamente la obligación de elevar a 18 años la edad mínima para contraer matrimonio. Las Naciones Unidas han sido uno de los principales actores internacionales que se han mostrado más dispuestos a superar este desafío a través de la elaboración y adopción de varios instrumentos jurídicos. Así, en 2012, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y el Comité de los Derechos del Niño acordaron una declaración conjunta en la que instaron explícitamente a los Estados a elevar a 18 años la edad para contraer matrimonio y aseguraron sin ambages que el matrimonio infantil no podía justificarse por razones de carácter religioso, cultural, tradicional o económico. En definitiva, estos dos órganos recomendaron a los países parte en los respectivos convenios "eliminar las excepciones relativas a la edad mínima para contraer matrimonio y establecer en 18 años la edad mínima para niñas/os, con o sin el consentimiento paterno. Al igual que otros instancias internacionales, consideramos fundamental que exista un registro obligatorio de nacimientos y matrimonios como componente necesario para la ejecución de las leyes en las que se establece una edad mínima para contraer matrimonio". Esto es una recomendación para la puesta en marcha de registros civiles nacionales de carácter gratuito y accesible a la población como herramienta, no solo para la vigilancia de la edad a la que se contrae matrimonio, sino también para la implementación real y el cumplimiento de las leyes sobre la edad mínima para el casamiento. Este compromiso de carácter político, pero que ha encontrado también traducciones jurídicas, se vio robustecido cuando en 2015 se aprobó la Agenda 2030, cuyos resultados han sido positivos, aunque potencialmente mejorables.
La incidencia del matrimonio infantil ha ido disminuyendo en la mayor parte del mundo en los últimos 20 años. Según datos de The Child Marriage Data Portal de la ONU y con la información más actualizada y consistente, el continente africano es el que mayor impacto padece del matrimonio forzado, con un 31% de prevalencia (equivalente a 125 millones de niñas) y menor tasa de variación en los últimos diez años, siendo el África Subsahariana la región con el registro más elevado, con un 34 % de mujeres casadas antes de cumplir los 18 años. Le sigue Asia Central y del Sur, América Latina y el Caribe (29%), Asia Oriental y Pacífico (18%), los países Árabes (15%) y Europa Oriental y Asia Central (11%).
La incidencia del matrimonio infantil ha ido disminuyendo en la mayor parte del mundo en los últimos 20 años.
Los 10 países del mundo con las tasas más altas observadas de matrimonios infantiles menores de 18 años son Níger (76%), República Centroafricana (61%), Chad (61%), Malí (54%), Mozambique (53%), Sudán del Sur (52%), Burkina Faso (51%), Bangladés (51%), Guinea (47%), y Somalia (45%).

El CEDAW (Comité para la Convención sobre la Eliminación de la Discriminación contra las mujeres, por sus siglas en inglés) es el organismo de Naciones Unidas que se encarga de la vigilancia de los estados miembros, que deben aportar informes periódicos al respecto. A nivel regional, las diferentes convenciones de derechos humanos (Belem do Pará, para América Central y del Sur, Maputo para el continente africano) igualmente obligan a los países firmantes a incorporar en su legislación estatal medidas concretas contra el matrimonio infantil.
EXCEPCIONES A LA PROHIBICIÓN
La gran mayoría de países han establecido en 18 años la edad mínima legal para contraer matrimonio con diferentes enfoques legales. Algunos lo tipifican como delito, otros lo prohíben o lo invalidan por debajo de la edad mínima legal y otros simplemente prescriben una recomendación. Estos últimos suelen ser específicos a nivel subnacional y abiertos a la interpretación de jueces, jefes individuales y tribunales comunitarios. Sin embargo, a través de este reportaje hemos constatado multitud de excepciones a las leyes que socavan la eficacia de la protección legal, tales como el consentimiento paterno o las dispensas de carácter religioso. Por ejemplo, en Bangladés, Burkina Faso, Cuba, Jordania, Níger y Zambia se puede contraer matrimonio con 15 años con el permiso de un juez o la autorización paterna. En los países federales, aun cuando haya una edad mínima establecida, cada estado puede modificar la norma a conveniencia. En la mayoría de los estados de México se permite el matrimonio de menores de 18 años, aunque la ley federal establezca en esa rango la edad mínima. En otros casos, la aplicación de la legislación sobre la edad mínima también se ve obstaculizada por la ausencia de normas de registro gratuito y obligatorio, lo que hace posible eludir el registro del matrimonio hasta que el menor cumple 18 años.
Por otra parte, en Libia, Argelia, Iraq, Siria y Kuwait hay normas que autorizan el matrimonio infantil en caso de violación. Esto es, si el agresor acepta casarse con la víctima queda eximido del castigo legal. Afortunadamente, en los últimos años son varios los Estados que han suprimido este tipo normativas. En 1999 lo hizo Egipto y en 2014 Marruecos. Tres años después se unieron Líbano, Jordania y Túnez.
LA REALIDAD OCULTA DE ESTADOS UNIDOS
El matrimonio infantil es un atentado que no solo se perpetra en los países del Sur Global, ya que predomina en un país de "países" como Estados Unidos, y ocurre a plena luz de la ley federal, desde tiempos inmemoriales. No deja de ser irónico que esto se permita en una nación que se jacta de ser el paradigma de la democracia y las libertades.
Su elevada tasa de matrimonios infantiles es comparable a los países que presentan la prevalencia más alta del mundo. Asimismo, resulta llamativo que la administración estadounidense no disponga de datos oficiales y que la ONU no lo contemple en sus informes, aduciendo que Washington no facilita información y que, por tanto, "no existe una prevalencia como tal". Es decir, el Gobierno de Estados Unidos oculta el hecho y las Naciones Unidas no intervienen, aunque son conocedores de la situación.
El Departamento de Estado ha llegado a calificar el matrimonio infantil como una violación de los derechos humanos, pero paradójicamente no es ni perseguido ni condenado. Es más, ni siquiera ha ratificado la Convención de los Derechos del niño en materia de violencia sexual y de género contra la infancia. No obstante, sí ha refrendado dos de los tres protocolos: sobre menores en conflicto armado y sobre venta de niñas/os. Hasta 2017, el matrimonio antes de los 18 años era legal en los 50 Estados y más de 300.000 niñas se casaron, en su mayoría con hombres adultos. Desde esa fecha se ha conseguido ilegalizar en 13 de ellos, mientras que en otros 13 se permite con 17 años, en 21 a los 15 y en California, Nuevo México, Misisipi y Oklahoma no hay edad mínima.
En EE.UU, más de 300.000 menores contrajeron matrimonio entre 2000 y 2018, en su mayoría niñas casadas con hombres adultos
Según los especialistas, una de las razones por las que el matrimonio infantil sigue ocurriendo en Estados Unidos obedece a las lagunas en las leyes estatales. La edad mínima para casarse varía considerablemente entre los Estados y, en muchos casos, las excepciones legales permiten que niños y adolescentes se casen con solo el consentimiento de los padres o la aprobación judicial. En algunos, no hay edad mínima, lo que significa que en casos extremos, hasta niños de 12 o 13 años podrían contraer matrimonio si cuentan con estos permisos. Y esto ocurre porque los menores tienen derechos legales limitados y, por tanto, pueden ser fácilmente obligados al casamiento o a permanecer en el acuerdo conyugal. Asimismo e enfrentan a abrumadoras barreras legales y prácticas si intentan abandonar el hogar para escapar de un matrimonio forzado, obtener ayuda de un defensor, ingresar en un refugio para víctimas de violencia doméstica o contratar a un abogado. Lo más sorprendente es que, por lo general, a los menores no se les permite iniciar un proceso judicial, (como solicitar una orden de protección o incluso solicitar el divorcio) a menos que actúen a través de un tutor u otro representante. Además, los servicios de protección infantil no tienen capacidad para actuar, pues la legislación asevera que el abuso infantil se limita a la relación paternofilial. Muchas menores que se casaron antes de los 18 años informaron de altos índices de abuso físico, sexual, financiero o emocional durante su matrimonio, así como de embarazos no deseados o no planificados.
En 2015, Virginia fue el primer Estado en localizar las lagunas. Allí, una menor de 16 años podía casarse si estaba embarazada, con el permiso de sus padres. Lo que se detectó en todas estas leyes era la priorización del control de los padres y no la protección de los niños. El Tahirí Justice Center, una ONG que brinda servicios a mujeres víctimas de violencia de género, descubrió tras recibir numerosas denuncias que durante 10 años se habían ocultado las estadísticas sobre los matrimonios infantiles, especialmente de menores de 16 años. Acudieron a la cámara de delegados de Virginia para denunciarlo y aquí detectaron que una vez que la menor estaba casada, el tribunal la podía emancipar y declarar legalmente adulta.
El abuso de menores es un delito, pero en algunos Estados, el matrimonio infantil socava la legislación. Es decir, bajo la ley federal, las relaciones sexuales con una niña, que de otro modo se considerarían violación, se vuelven legales dentro del matrimonio. En esas situaciones, la licencia de matrimonio se convierte en una carta de "salida de la cárcel" para el agresor.

También en Estados Unidos, uno de los países más ricos y desarrollados del mundo, los factores socioeconómicos son las causas principales en la prevalencia del matrimonio infantil. Además, a fecha de hoy, la violencia machista continúa siendo tratada como una circunstancia que ocurre en el ámbito privado.
Hasta 2011 no se había iniciado ninguna movilización para acabar con el matrimonio forzado. El detonante fue un artículo de opinión escrito por Fraidy Reiss, una sobreviviente convertida en activista, que se publicó en el Jewish Daily Forward, sobre las leyes religiosas de divorcio que dejan a las mujeres "encadenadas". Y en 2012 escribió otro artículo de opinión, publicado en el Star-Ledger , sobre las mujeres que pierden la custodia de sus hijos cuando abandonan sus matrimonios concertados en la comunidad judía ortodoxa.
Reiss es fundadora del movimiento Unchained at Last, que es la única organización reconocida dedicada a poner fin al matrimonio infantil y forzado en los Estados Unidos. En 2013 ganaron protagonismo en los medios de comunicación y unieron fuerzas con la senadora Loretta Weinberg para lograr cambios legislativos en favor de las víctimas de violencia de género. "Cuando digo que estoy luchando para acabar con el matrimonio infantil me preguntan, ¿estás trabajando en Irán o en África? No, estoy aquí, en los Estados Unidos de América. Le llaman matrimonio arreglado pero es matrimonio forzado. Los principales perpetradores son los padres, pues solo con su consentimiento firmado en un formulario basta y ni siquiera se le pregunta a la niña si está de acuerdo y, por norma general, no hay ningún proceso de entrevista por parte de un juez, porque no está obligado a realizarlo. Hemos descubierto que en algunos Estados donde se requiere que el juez entreviste a la niña, ésta, en la mayoría de los casos, tiene miedo de hablar porque luego tiene que volver a casa con sus padres", asegura Fraidy Reiss.
Una nueva legislación federal, la Ley de Prevención del Matrimonio Infantil, tiene como objetivo cerrar las brechas de protección en la ley federal y enviar un mensaje contundente a los Estados para que pongan fin al matrimonio infantil en todo el país. El proyecto de ley, que parte del senador Durbin y está copatrocinado por los senadores Schatz y Gillibrand, se ha presentado al Congreso de Estados Unidos, aunque ahora, con la nueva administración, el futuro del ambicioso proyecto se adivina incierto.
EUROPA Y EL CASO PARTICULAR DE ESPAÑA
En 2017, Alemania, los Países Bajos y Eslovenia fueron los últimos países en reformar sus códigos civiles y de familia, elevando a 18 años y sin excepciones la edad mínima a la que tanto los niños como las niñas pueden contraer matrimonio. En todos los Estados miembros de la UE, la edad legal para contraer matrimonio está fijada en los 18 años. Se rige por el Convenio sobre Prevención y lucha contra la violencia hacia las mujeres y la violencia doméstica (Convenio de Estambul), de 2011, firmado por 46 Estados y ratificado por 34. Dicho convenio obliga a los Estados, tal y como se estipula en el artículo 37, a tipificar el delito de matrimonio forzado, que se reconoce como una violación de los derechos humanos y una forma de violencia de género, y va mucho más allá que otras normas al tipificarlo como delito. De hecho, el Consejo de Europa ha adoptado un acuerdo de carácter vinculante que obliga a los países miembros a aprobar las normas necesarias para la prohibición y sanción de los matrimonios forzados.
Sin embargo, algunas legislaciones nacionales contemplan la posibilidad de casarse antes de alcanzar la mayoría de edad con el consentimiento paterno y/o de una autoridad judicial o administrativa. En España, se podía contraer matrimonio a partir de los 14 años con autorización judicial, hasta que en 2015 se aprobó la ley de jurisdicción voluntaria y se elevó a 16. Actualmente se puede a partir de dicha edad con el requisito de ser menor emancipado y con una dispensa judicial (tras escuchar al interesado y a sus padres y/o tutores guardadores).
En cuanto al consentimiento sexual, la legislación española lo fija a los 16, atendiendo a la petición del Comité de los Derechos del Niño. Para combatir una posible desprotección del menor, se tiene que probar que "su consentimiento no está viciado, es decir que ha mediado engaño o abuso de posición reconocida de confianza, autoridad o influencia". Pero una víctima de delito sexual, más aún en edades tan tempranas, puede ser fácilmente manipulable. De este modo, y al igual que ocurre en Estados Unidos, la ley permite ciertos resquicios que propician los delitos sexuales contra los infantes en el contexto de un matrimonio, aparentemente consentido, entre una menor de edad y un adulto.
Por otro lado, en toda Europa se siguen realizando ritos informales donde hay minorías étnicas que, como no constan en ningún registro, escapan de los censos y por tanto, de la persecución legal.
ÁFRICA
En el continente africano, Sudán del Sur en 2023 fue el último país en sumarse al protocolo sobre derechos de la Mujer Africana (Protocolo de Maputo).
A pesar de las normas que prohíben el matrimonio infantil, en lugares como Sudán, Tanzania o Angola predominan los enlaces entre menores. El gran reto de los próximos años es que los Estados que todavía no lo han hecho promulguen y apliquen leyes que prohíban el matrimonio antes de los 18 años sin excepciones. Como hizo Malawi en 2017, que además persigue a los adultos implicados con penas de cárcel y multas económicas severas. O Sierra Leona, que en 2024 aprobó el Proyecto de Ley de Prohibición del Matrimonio Infantil y tipifica como delito contraer matrimonio con un menor de 18 años. Egipto informó de que los comités de protección de la infancia en las aldeas localizaban a las niñas expuestas al riesgo de contraer matrimonio y denunciaban estos casos. También facilitaron diálogos comunitarios y espacios seguros para que mujeres y niñas se reunieran y crearan una red social. En Camerún, la organización Plan International ayudó a niñas y mujeres jóvenes a defender ante progenitores y dirigentes la reintegración familiar de las niñas que abandonaran un matrimonio forzado. Además, se formuló un plan de acción participativa con víctimas y niñas en riesgo para abordar sus preocupaciones sobre temas como la violencia de pareja, las relaciones sexuales no consentidas, el embarazo, el derecho a la educación y el proceso destinado a conseguir la nulidad de un matrimonio.
Por su parte, Save the Children, en su trabajo en África del Oeste, por ejemplo en Níger o Mauritania, implica a los comités comunitarios de protección en sus programas frente a las violencias de género, además de trabajar con los mecanismos formales estatales y locales. Según Ana Bustinduy, especialista en género de la ONG, "es clave la alianza con organizaciones de mujeres locales, y su participación en estos mecanismos comunitarios, ya que a menudo las organizaciones de mujeres carecen de recursos económicos y de uso del tiempo para acceder a ellos y desarrollar sus propias estrategias. Asimismo es clave el trabajo conjunto para que los mecanismos de protección comunitarios defiendan los derechos de las niñas, incorporen mecanismos de protección efectivos, y sancionen prácticas como el matrimonio forzado, mostrando el impacto en el desarrollo, la salud y el bienestar de las niñas y de toda la comunidad".
CARIBE AMERICANO
En 2017, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, la República Dominicana y Trinidad y Tobago elevaron a 18 años la edad mínima a la que tanto los niños como las niñas pueden contraer matrimonio. Sin embargo, y en palabras de la portavoz de Unicef, Elena Hernández, "si bien la tasa de matrimonios infantiles y uniones tempranas no era hace unas décadas tan alta en América Latina como en otras regiones, es muy preocupante que se esté manteniendo más o menos al mismo nivel desde hace 25 años" Actualmente, el 21% de las mujeres de América Latina y el Caribe, de entre 20 y 24 años, se casaron antes de los 18. La región también registra una alta prevalencia de embarazos en la infancia y en la adolescencia. Para 2030, se espera que la región ocupe el segundo lugar en términos de prevalencia después del África Subsahariana. "Los cambios en la legislación son positivos, pero son necesarios también cambios en las normas sociales y en los condicionantes socioeconómicos familiares que a menudo sustentan la práctica del matrimonio infantil".
ASIA
En los países islámicos conviven dos realidades a nivel legal. Por un lado, se contempla la edad mínima de 18 años, sumándose al estándar internacional. Y al mismo tiempo, se rigen por la Sharia, que es el sistema legal islámico, que sigue un código de derecho civil con cuerpo jurídico propio a través del cual se reconoce el matrimonio infantil a edades menores. A pesar de esto, ha habido avances significativos en la región.
En 2022, Filipinas se sumó a la lista de países en aumentar la edad mínima a 18 años y establece penas de prisión de hasta 12 años para los adultos que se casen y cohabiten con menores. La República Islámica de Irán indicó que la autoridad nacional encargada de la Convención sobre los Derechos del Niño ha inaugurado centros para proporcionar asesoramiento y apoyo psicológico a los niños y sus familias y para concienciar sobre el matrimonio infantil, precoz y forzado. La India aprobó en 2006 la Ley de Prohibición del Matrimonio Infantil, que veta las uniones cuando las niñas sean menores de 18 años y los niños de 21, y que permite la intervención de los tribunales a través de órdenes de suspensión para evitar matrimonios infantiles e imponer sanciones punitivas. A través de esta legislación, las víctimas están en su derecho de solicitar la anulación del enlace y exigir una reparación económica al esposo o a su familia. Además, la Corte Suprema de la India resolvió, en octubre de 2017, que las relaciones sexuales con esposas menores de 18 años deben ser consideradas violaciones. Sin embargo, el matrimonio infantil continúa siendo una práctica habitual y de índole cultural en este país. En la misma línea, por lo que se refiere a Bangladés, las leyes señalan que la edad mínima para contraer matrimonio es también de 18 años para las mujeres y de 21 años para los hombres. No obstante, se admiten excepciones para determinados supuestos, como por ejemplo, los casos en los que existe consentimiento del niño/a o de sus progenitores o cuidadores.
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